Declara Con Lugar el requerimiento presentado por el DR. ORLANDO PADRÓN, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; en virtud de encontrarse llenos los extremos exigidos en los artículos 250 en su último aparte y 251 numeral 1 y parágrafo segundo, ambos del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9, 243, 244 y 247, ejusdem, en relación con el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia se ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano FERNANDEZ MARTÍNEZ LUIS EDUARDO, portador de la cédula de identidad N° V-16.804.395, quien deberá ser conducido ante el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y Sede, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su aprehensión, a los fines de realizarse audiencia oral en presencia de las partes y resolver lo conducente, a tenor de lo dispuesto en el segundo.....