SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO Y LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PRIVADO en la presente causa seguida contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de VIOLACION PRESUNTA, conforme lo establecido en el artículo 374 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del niño IDENTIDAD OMITIDA, y a los fines de asegurar las resultas del presente proceso, se ACUERDA imponer al adolescente acusado, la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, prevista en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual consiste en la obligacion de someterse a un regimen de presentaciones cada ocho (08) dias, por ante la sede del Tribunal de Juicio, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, para lo cual deberá consignar copia de su cedula de identidad y una fotografia tipo carnet, para que le esea aperturado un folio en el libro de resentaciones llevado por ese Juzgado. y así se decide.