Se materializo la presente medida en vista de que el Tribunal se constituyo en el inmueble de marras, lugar donde notifico a una de la agraviantes como a la tercera adhesiva, las cuales cumplieron pacificamente con su obligacion de no hacer y en consecuencia la co-agraviante entrego la llave que abre los cerrojos de las puertas que dan acceso al colegio situado en el inmueble sub-judice, la cual fue recibida por la agraviada quien constato su funcionamiento. No obstante se notifico a la Fiscalia en vista de que el apoderado actor alego la existencia de un concierto para delinquir entre la co-agraviante y la tercera adhesiva contra la agraviada.