, ORDENA el CESE DE LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada a la joven adulto REGALADO NUÑEZ JHOAN JOSE, quien es venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.V-20.209.469 Y ASI SE DECIDE Notifíquese a las parte Cúmplase.-