declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges CARLA SORELIS MIJARES ALFONZO y JULIO DANIEL MARIN PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-18.538.229 y V-16.452.150, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Eulalia Buroz, del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 24 de abril de 2010, según consta de acta Nº 09, del correspondiente al año 2010.