ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento en los Artículos 64, ultimo aparte, 532, 330.6 y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, CONDENA al ciudadano: JONATHAN ALFREDO FIGUERA DOMINGUEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad V. 15.152.070, de 20 años de edad, soltero, hijo de los ciudadanos ESTIBELI DOMINGUEZ (V) y de ALFREDO FIGUERA (V), residenciado en Valle Arriba, Conjunto Londres, calle 3, casa 327-B, cerca del Autolavado ¿La Rana¿, teléfonos 341-77-75, Guarenas, Municipio Plaza Estado Miranda A CUMPLIR LA PENA DE DOS (02) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION MAS LA ACCESORIAS DE LEY CONTENIDAS EN EL ARTICULO 16 DEL CÓDIGO PENAL; por la comisión de uno de los delito contra la persona como lo es el Homicidio Culposo previsto y sancionado en el Artículo 411 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos MARIO ARCILA ORTIZ (Oc.....