Analizadas las circunstancias de modo tiempo y lugar en que se efectuaron los hechos esta Juzgadora con respecto a la medida Privativa de Libertad solicitada por la vindicta pública, una vez evidenciada la comisión de un hecho punible que amerita pena privativa de libertad que no se encuentra prescrita, así como suficientes elementos de convicción que hacen presumir suficientemente que los ciudadanos Juan Ruben Sorja, Winter Jose Sorja, Orlando Jose Herrera Sorja y Carlos Javier Bolivar Sorja son autores de los hechos imputados en esta audiencia por el fiscal del Ministerio público, no obstante se evidencia que las resultas del proceso pueden ser satisfechas con la imposicon de una medida cautelar menos gravosa de las contempladas en el ordinal 3°, 4°, 6° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se estima suficiente para asegurar las resultas del proceso penal consistentes en presentación cada OCHO (08) días hasta tanto termine el proceso, por ante el algu.....