... decreta la reposición de la causa al estado procesal en que se practique en forma válida la notificación de la empresa BUENOS AIRES TRANSPORTE, C.A., ordenada por el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, al inicio de la Audiencia Preliminar en fecha catorce (14) de Julio de 2005, lo cual consta en el vuelto del folio 54 del expediente y se proceda a los fines de su comparecencia a la continuación de la Audiencia Prelimar, para la cual deberán igualmente comparecer la parte actora y la demandada, entendiéndose estas últimas, a derecho de conformidad con el Principio de Notificación Única establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-