Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PUNTO PREVIO: Este Tribunal se va a pronunciar sobre el escrito de excepciones interpuestas por la Defensa Privada, el escrito es admisible y pasa a decidir sobre el respecto, considerante esta Juez de Control que el escrito de acusación presentado por el Ministerio Publico reúne los requisitos estipulados en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y que existe una clara y circunstanciada la narración de los hechos y en consecuencia declara Sin Lugar las excepciones interpuesta por la Defensa Privada y la Defensa Publica Penal en su oportunidad. Y Así se Declara. PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN interpuesta por la Fiscal 9° del Ministerio P.....