...En éste estado el Tribunal declara embargado preventivamente la cantidad de cien mil bolívares (Bs.100.000,oo), sumas estas que mantiene el demandado en las cuentas 1037-31805-6 (corriente) y 0650-00354-3 (ahorros), en el Banco Mercantil. De seguidas, una vez practicado el embargo, la Coordinadora de Servicios del Banco Mercantil, tantas veces identificada, procede a bloquear las referidas cuentas por los montos indicados en la presente acta. Se deja constancia que se notificó a la ciudadana Coordinadora de Servicios MARILUZ COROMOTO RIVAS RAMIREZ, antes identificada, el deber que tiene la entidad bancaria de resguardar la cantidad de dinero embargada preventivamente, en virtud de haber sido designada (por ley) la entidad bancaria como depositaria de las cantidades embargadas.