ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN interpuesta por el Fiscal 9° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra del ciudadano RICHARD ALEXANDER TOISSER RIVAS, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 458 y 174 del Código Penal Vigente, en perjuicio de los ciudadanos LUZMILA ESCOBAR GUZMAN y JOEL ALEJANDRO SAEZ, manteniéndose dicha calificación jurídica la cual es de carácter provisional, ya que el Tribunal de Juicio que corresponda puede modificar el tipo penal, al poder valorar cuestiones de fondo.
SEGUNDO: Seguidamente este Tribunal impone al imputado RICHARD ALEXANDER TOISSER RIVAS, de las MEDIDAS ALTERNATIVAS DE PROSECUCIÓN DEL PROCESO, específicamente en el presente causa la cual seria procedente, como es el procedimiento por Admisión de los Hechos, por lo cual una vez que esta Juzgadora instruye a los prenombrados imputados de tal procedimiento, por lo cual libres de coa.....