Primero: CON LUGAR la solicitud de Amparo Constitucional propuesta por los Abogados PEDRO RAMON ALVAREZ ALVAREZ, ADRIANA DE ABREU MACEDO y VIRGINIA DEL VALLE GRATEROL FERNANDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 20.473, 116.805 y 93.239, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil "TRANSPORTE PEDROZA, C.A.", debidamente registrada ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 11 de diciembre de 1980, bajo el No. 125, Tomo 233-A-Pro, contra la decisión proferida en fecha 24 de mayo de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Segundo: NULA la decisión proferida en fecha 24 de mayo de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques; en co.....