DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LOS VALLES DEL TUY, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, por pérdida del interés procesal de la parte recurrente, Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA TELEFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.) en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto contra la decisión fecha 10 de Septiembre de 2003, dictada en el Expediente Administrativo No. 0046/02 emanada de la Inspectoría del Trabajo en Los Valles del Tuy del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave. SEGUNDO: Terminado el presente procedimiento. TERCERO: Se ordena el archivo definitivo .....