Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: NIEGA la imposición de la medida cautelar sustitutiva a las acusadas MARLY MARIA VALERA PARRA y MARBELIS COROMOTO VALERA PARRA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.040.613 y V-15.646.098, respectivamente, solicitada por la defensa de las mismas, y acuerda mantener vigente la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en su contra en fecha 10-11-2010, por el Tribunal en funciones de Control, al encontrarse vigentes los motivos que dieron origen a ella, previstos en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud hecha por la defensa de las acusadas MARLY .....