este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la firma PROMOCIONES MOUSSAKA A YB 1.122, C.A; sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de su propiedad, el cual tiene una superficie de CATORCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHOMETROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTÍMETROS (14.778,00 MTS2), ubicado en:Parcelas Números 124; 124-1; 125; 125-1; 125-2; 139; 139-1;139-2 y 139-3, Zona Industrial del Parcelamiento Rural Club Hípico, Los Cerritos, Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA METR.....