CON LUGAR la solicitud de divorcio intentada por los ciudadanos WINCI MARIENT MARTINEZ CABALLERO Y VICTOR JOSE CISNEROS BLANCO, titulares de las cedulas de identidad N° V-18.363.614 y V-14.838.202, respectivamente, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo previsto en la Sentencia 1070 SCTSJ. Y, en consecuencia, DISUELTO el vínculo conyugal que los unía, contraído en fecha en fecha 13 de junio de 2000, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Independencia, Parroquia Santa Teresa del Estado Bolivariano de Miranda, según se evidencia en el Acta de Matrimonio Nº 76, del libro correspondiente al año 2000.