...Seguido este tribunal ejecutor visto lo expuesto por el práctico y lo solicitado por apoderado judicial de la parte actora, los bienes se dejan en el inmueble objeto de la medida y bajo el resguardo de la depositaria debidamente designada. En este estado el Tribunal Ejecutor dio por cumplida la medida decretada por el comitente y procede a poner en posesión del inmueble secuestrado y de los bienes inventariados por el practico avaluador para su guarda y custodia en la persona del depositario judicial designado; quien expone que lo recibe en las condiciones que se encuentra, indicando que lo cuidara como un buen padre de familia y procede a cerrar el portón del inmueble y poner en la puerta principal una cadena y candado. Seguido el apoderado judicial de la parte actora solicita al tribunal, le expida copias certificadas de toda la comisión signada Nº 764-10, es este estado el tribunal admite el pedimento realizado por el apoderado judicial de la parte y acuerda expedir copias .....