REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN
Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS
Vista la diligencia de fecha 04-03-2015, cursante al folio 77 del expediente, suscrita por la abogada en ejercicio MARISOL VIERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.646, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano PEDRO URBANEJA, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.075.974, en el presente procedimiento, mediante el cual desiste formalmente de la demanda incoada en fecha 25 de noviembre de 2014 con respecto a la codemandada solidariamente ASOCIACIÓN COOPERATIVA OJO PELAO, R.L. a los fines de continuar el procedimiento con la entidad de trabajo ASOCIACIÓN COOPERATIVA LA NIEVE 2050, R.L. Al respecto este Tribunal se pronuncia en los siguientes términos:
Este Órgano Jurisdiccional debe analizar si se encuentran c.....