Con fuerza en la motivación precedente este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en lo Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 del Código orgánico Procesal Penal, declarar SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la profesional del derecho, YERANI PINTO HUERTA, en su carácter de defensora del ciudadano OSCAR FERNANDO SANZ LARA, por considerar que se mantienen incólumes los supuestos establecidos en el artículo 250 del texto adjetivo penal; así como los supuestos establecido en los numerales 2° y 3° del artículo 251 y numeral 2° del artículo 252, todos del Código orgánico Procesal Penal; en consecuencia se NIEGA LA IMPOSICIÓN DE UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD MENOS GRAVOSA para el referido ciudadano, toda vez que con las mismas no pueden ser razonablemente satisfechas las re.....