...OTORGA la medida alternativa de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL al penado RAMON EMILIO MILANO MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 16. 875. 348, por el lapso de UN (01) AÑO, UN (01) MES y VEINTICINCO (25) DIAS teniendo en consideración el tiempo que le falta por cumplir de la pena a la que fue condenado, el cual concluirá en fecha 09-06-2009, según el cómputo de pena realizado en fecha 13-11-2002, de conformidad con el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 64 de la Ley de Régimen Penitenciario, imponiéndole las siguientes obligaciones:1.- No cambiar de residencia, por el lapso que dure la Libertad condicional de la pena, sin la previa autorización del tribunal.
2.- Presentarse ante el delegado de prueba que le sea asignado en la Coordinación de Tratamiento No institucional del Ministerio de Justicia, a los fines de la .....