DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la ABG.ESPERANZA PÉREZ, Defensora Pública Penal Cuarta de la Sección de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de marzo de 2016, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, actuando en Función de Control en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, mediante la cual el prenombrado órgano declaró IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE CESE O SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA realizada por la Defensa del adolescente F.A.U.S (Identidad .....