Habiéndose debatido de manera suficiente en la audiencia preliminar de esta fecha los fundamentos de la acusación presentada por el Dr. DOUGLAS MEDINA en su condición de Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en esta causa, así como los alegatos de la defensa, este Tribunal pasa a decidir en la forma que a continuación se expresa:
Se admite totalmente la acusación del Ministerio Público por cuanto de los elementos señalados y del análisis de las actuaciones cursantes en autos, como también de la declaración de las partes en la Audiencia, se evidencia que existen fundamentos serios para establecer que el Ciudadano ALFREDO JAVIER ADAB VILLA, quien es Venezolano, natural de la Victoria del Estado Aragua, de 29 años de edad, nacido el 26-04-74, de Estado Civil Soltero, hijo de Jose Abad y Edirna Abad, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en Terrazas de Cúa, Manzana S, Casa Nro. 24, Cúa del Estado Miranda, Titular de la Cédula de Identi.....