Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA: Analizados los hechos que dieron origen a la presente causa: ACOJE la precalificación de la Representación Fiscal y ORDENA seguir el presente Proceso por el Procedimiento ordinario. Asimismo se le impone a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDADES la medida cautelar contenida en el Art. 582 LITERAL ¿C¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quienes deberán presentarse por ante este Tribunal cada ocho (8) días por un lapso de Tres (3) meses¿.