...le discierne el cargo a la ciudadana MAGALY MAGDALENA LEON RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.920.264, de Curador Ad Hoc de la niña (identidad omitida), todo de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código Civil, quedando investida de tal responsabilidad con las consecuencias legales inherentes al mismo. Finalmente y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse en original por Secretaría