DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Revisión de Medida incoada por el Abg. LUIS OSCAR SOSA R, en su carácter de defensor de los acusados MARMOLET GONZALEZ JULIO CESAR Y MARMOLET GONZALEZ JULIO JOSÉ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 17.651.792 y V.- 20.185.533 respectivamente toda vez que no se han realizado modificaciones en las razones que motivaron al Juez de Control a decretar la privación preventiva de libertad de los acusados por cuanto este Tribunal considera proporcional la medida de coerción personal impuesta en relación al delito imputado, así como tampoco encuentra elemento alguno que cambie las razones que conllevaron al Tribunal de Control a decretar la Medida Privativa de Libertad.