NIEGA LA SOLICITUD DE SUSTITUCION DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contenida en el literal " G " , de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños y del Adolescentes, solicitada por el Dr. CIPRIANO CHIVICO, en su condición de defensor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos. y se mantiene la medida de Fianza contenida en el literal " G ", del articulo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en los mismos términos en la que fue impuesta en Fecha 30 de Abril de 2009.