SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARIA ALCIRA MARTINEZ ARDILA, titular de la cédula de identidad No. V- 4.017.871, a través de su apoderado judicial por el abogado JHONNY BLANCO MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.102 e igualmente asistida por el abogado LUIS ALBERTO ASCANIO BELANDRIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 103.504, contra la decisión publicada en fecha 02 de Marzo de 2015 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques,. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue la ciudadana MARIA ALCIRA MARTINEZ ARDILA, titular de la cédula de identidad No. V- 4.017.871 en contra de la entidad de trabajo Sociedad Mercantil SERVICIO INTEGRAL PREVISION AMANECER C.A..; en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos: prestaciones sociales y su.....