En consecuencia y en base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA la procedencia de la solicitud de permiso de traslado del penado MANAURE HERIBERTO RAMON, en fecha 12-7-04, a los fines de que asista al Campeonato Nacional de Baloncesto., todo ello conforme al artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 479 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 1 de la Ley de Régimen Penitenciario.