declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos Ángel Fidel Lovera y José Francisco Loreto, en contra de la sociedad mercantil Constructora Vialpa C.A.
SEGUNDO: En cuanto a lo solicitado por el ciudadano Ángel Fidel Lovera se condena a la referida sociedad Mercantil al pago de TRES MILLONES SEICIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 3.615.875,05), correspondientes a Indemnización por despido injustificado prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo y diferencia de utilidades especificados en la motivación del texto integro de la sentencia
TERCERO: Se condena al pago de la diferencia por concepto de prestación de antigüedad y sus respectivos intereses sobre prestaciones sociales, la cual será determinada por experticia complementaria del fallo en base a los parámetros que serán establecidos en la parte motiva del texto integro de la sentencia.
CUARTO: En cuanto a lo solicitado po.....