...Declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ISRRAEL JOSÉ BRICEÑO HERNÁNDEZ Y GISELA BEATRIZ LOZANO ROMERO, ambos cónyuges, venezolanos, mayores de edad, y de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.522.240 y V-7.950.011, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 29 de Agosto de 1988.