Por todos los razonamientos expuestos, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en Guarenas; administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL y LA PENA ACCESORIA RELATIVA A LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, que fueran impuestas al ciudadano DEL VALLE COROMOTO LUCES INDRIAGO, titular de la Cédula de Identidad Número 10.093.665; fue condenado en fecha 31 de julio de 2.008 por el Juzgado Tercero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, por ser autora responsable del delito de OCULTACIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS; tipificado en el artículo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; así como también fue condenada a la p.....