DECLARA: PRIMERO: LA ACUMULACION DE LA PENA de conformidad con el artículo 86 del Código Penal, al penado WILMER JOSÉ CORONEL MARTINEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V- 11.922.168, quien fue condenado primeramente por el Tribunal Tercero de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, TRES (03) DIAS, DOCE (12) HORAS, CINCUENTA Y TRES (53) MINUTOS Y DIECIOCHO (18) SEGUNDOS, DE PRESIDIO, por encontrarlo responsable de la comisión los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 ambos de Código Penal y en fecha 25-10-2005, por la comisión de un nuevo hecho, por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el cual lo condenó a cumplir la pena SIETE (07) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable de los delitos de COAUTORIA DE ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y PO.....