Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos MARIA MILAGROS PACHECO DE ROSALES, ANGEL RUBEN ROSALES LINARES y ROBERT JOSE ROSALES LINARES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.588.326, V-12.568.663 y V-13.132.459, respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RUBEN AMADOR ROSALES ALVAREZ, fallecido en fecha 10 de mayo de 2018, quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.127.751, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y dé.....