III
DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara la nulidad de todas las actuaciones realizadas en la presente causa, por quebramiento de formas sustanciales del proceso y consecuentemente, se repone la causa al estado de declarar INADMISIBLE la demanda y su reforma por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la ciudadana ANGELA IRIS PANZA PALELLA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad No. V-10.303.877, en contra de la ciudadana TANIA DESIREE CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 16.225.350.
Se condena en costas a la parte a.....