Por todos los razonamientos expuestos, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en Guarenas; administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y LA PENA ACCESORIA RELATIVA A LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, que fueran impuestas al ciudadano FELIZ RAFAEL GONZALEZ ROJAS, de nacionalidad venezolana, de 25 años de edad, residenciado en: Calle Las Margaritas, Casa Nro. 12, Guatire y Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.120.182, por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, quien lo condenó a cumplir en fecha 12-07-01, la pena de CUATRO (04) AÑO DE PRESIDIO, así como las penas accesorias conforme con lo previsto en el artículo 13 del Código Penal; por ser autor responsable del delito de ROBO SIMPLE O GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del reformad.....