DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en la causa seguida a los PROPIETARIOS DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL SHOP VIDEO de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Décimo Octava con Competencia En Materia de Derecho de Autor.-