...DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta y en consecuencia se DECRETAN LAS SIGUIENTES MEDIDAS DE PROTECCION:
PRIMERO: La PERMANENCIA en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº IDENTIDAD OMITIDA. Se hace saber a la mencionada ciudadana, que la responsabilidad de crianza que le ha sido dada es personal e intransferible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 395 literal "c" de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, queda facultada para ejercer la crianza, custodia, vigilancia, y la asistencia material, moral y afectiva de la niña, así como viajar dentro del Territorio Nacional con la niña, y ejercer su representación ante instituciones públicas y privadas.
SEGUNDO: La precitada ciudadana deberá abstenerse de influir en la niña, para que forme un criterio adverso hacia su progenitora, debiendo permitir y facilitar el contacto entre la.....