Primero: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano GONZALEZ CESAR AUGUSTO, indocumentado de nacionalidad venezolana, de 39 años de edad, residenciado en el Urbanizacion el Paso, piso N° 2, apto. N° 2, Los Teques, Estado miranda; de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 108 numeral 7° y 318 numeral 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Segundo: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud realizada por el ciudadano González Cesar Augusto, titular de la cedula de identidad N° V-5.521.730, con respecto a la exclusión de pantalla, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 19 y 64 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Tercero: Se ordena el cese de toda medida cautelar sustitutiva en contra del ciudadano Cesar Augusto González, titular de la cédula de identidad N° V-5.521.730, de conformidad con lo establecido en los artículos 44 num.....