DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primer Instancia en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la medida cautelar sustitutivas de libertad solicitada por la defensa en favor del ciudadano: Mauricio Antonio Bastidas Daboin, titulares de la cédula de identidad N° V-13.440.979, en fecha 06 de Enero del año 2003, por cuanto este Juzgador considera procedente mantener la misma de conformidad con establecido en los artículos 26, 44 numeral 1° y 49 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1, 8, 9, 243, 246, 247, 250, 251 ordinal 4°, 262 numerales segundo y tercero y 264 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Revisada como ha sido la medida judicial de privación preventiva de libertad a solicitud de la defensa, se ordena notific.....