Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la Medida Cautelar otorgada al acusado EDARWIN JOSE COLINA BLANCO plenamente identificado en actas anteriores, y consecuencialmente ORDENA de inmediato su reclusión en el Internado Judicial El Rodeo II,, ello conforme lo estipulado en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 262 ejumden.