En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, decreta el CUMPLIMIENTO DE LA PENA principal y de la pena accesoria prevista en el ordinal 1º del artículo 16 del Código Penal, a favor de los ciudadanos: BOSDARWIN JONATHAN RIVAS GUERRA y LUIS EDUARDO RAMIREZ QUINTANA. En cuanto a la pena accesoria establecida en el ordinal 2º del artículo 16 de nuestro Código Sustantivo Penal, este Tribunal acuerda que una vez que los mismos hayan sido impuestos personalmente de la presente decisión, se acordará ante que autoridad Civil o Municipal deberán presentarse y por cuanto tiempo, a los fines de dar cumplimiento con la misma.
En consecuencia se ordena citar a los ciudadanos BOSDARWIN JONATHAN RIVAS GUERRA y LUIS EDUARDO RAMIREZ QUINTANA para que comparezcan a la sede de este Tribunal el día 13 de enero del año 2005 a la.....