...se NIEGA la imposición de una medida cautelar sustitutiva de la privación preventiva de libertad para el referido ciudadano ratificándose y manteniéndose el decreto judicial proferido en fecha veintisiete (27) de noviembre del año dos mil siete (2007) por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, atendiendo criterios de excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad, para el aseguramiento del imputado a los solos efectos del proceso. SEGUNDO: Se declara improcedente la solicitud de la defensa en cuanto a agilizar este Juzgado las citaciones de los testigos que fueran promovidos tanto por su persona como por la Fiscal del Ministerio Público.
Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada de la presente decisión, asiéntese en el libro diario y, de conformidad con el artículo 175 del instrumento adjetivo penal, notifíquese a las partes y líbrese la correspondiente boleta de traslado del ciudadano CESAR EDUARDO BLANCO B.....