Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, SEDE LOS TEQUES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamiento:
ÚNICO: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 442 en concordancia con lo previsto en los artículos 423, 424, 426 y 427, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho EDDMYSALHA GULLIEN y YANIRA ELIZABETH RIVAS GARCÍA, en su carácter de Fiscal Principal y Auxiliar, respectivamente, de la Fiscalía Nacional Penal del Ministerio Público ambas con competencia en Protección de Derechos Fundamentales, y MANUEL ORANGEL BERNAL, Fiscal Provisorio de la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio público con competencia en Materia de protección de Derechos Fundamentales de esta .....