Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos
:PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado JOSE PASCUAL PERNIA DAVILA, venezolano, natural de la ciudad de Mèrida Estado Mèrida, de estado civil soltero, de oficio agricultor, de 68 años de edad, nacido en fecha 24-07-1944, residenciado en Sector 2, Vereda 5, casa Nª 4, Parroquia Nueva Cùa, Estado Miranda, hijo de Marìa Dàvila (f) y Pascual Pernia (f), identificado con la cèdula de identidad nùmero 2.289.224. a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS y CUATRO (4) .....