Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se niega la solicitud de la defensa pública de otorgar la medida cautelar sustitutiva de libertad a los ciudadanos CARLOS ENRIQUE PIÑANGO ORTA y RAYMON JESÚS PEREIRA, ya que no han variados las circunstancia que dieron origen a la misma. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano CARLOS ENRIQUE PIÑANGO ORTA, arriba identificado, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, el cual se encuentra previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal; y en reafición al ciudadano RAYMON JESÚS PEREIRA, arriba identificado, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la co.....