En razón de lo anteriormente expuesto, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR El RECURSO DE APELACIÓN EJERCIDO EN LA MODALIDAD DE EFECTO SUSPENSIVO de conformidad con lo previsto en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia: ANULA la sentencia publicada en fecha 17 de septiembre de 2.014 por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual absuelve al ciudadano PINO GONZÁLEZ CARLOS ALBERTO, (...), por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES, tipificado y penado en el artículo 34 de la hoy suprimida Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y se ordena la reposición de la presente causa al estado en que se celebre un nuevo j.....