...En el presente caso, el recurrente no consignó junto con su escrito libelar ni en el lapso otorgado para subsanar, copia del acto administrativo recurrido, instrumento del cual se derive el derecho reclamado, como lo es la providencia administrativa.
Por estas razones, debe esta Juzgadora forzosamente declarar la inadmisiblidad del recurso. ASI SE DECIDE.