Admitida como ha sido la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el ciudadano CARLOS ENRIQUE GARCIA CORONEL, así como, los medios probatorios promovidos por la Fiscalía del Ministerio Público y por último, la calificación jurídica imputada por el Tribunal en Funciones de Control en su debida oportunidad legal, y vista la manifestación del acusado libre y voluntaria de admitir los hechos por los cuales resultó acusado, de conformidad con el Procedimiento Especial que establece el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 37, 74.4 y 88 del Código Penal, SE CONDENA al ciudadano CARLOS ENRIQUE GARCIA CORONEL, quien es de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad V- 13.321.212, natural de Guatire, estado Miranda, donde nació en fecha 29-09-1973, de 41 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio: Albañil, hijo de Justo García, (v) y de Alejandrina García (v), domiciliado en: Colinas de Araira, sector Las Cas.....