"... este Tribunal Quinto (5º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del ex trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Asimismo, se deja constancia que, una vez que conste en autos el pago de lo acordado el día de hoy, este Tribunal ordenará el cierre y archivo del expediente ..."