Se acuerda oficiar lo conducente al ciudadano Director del Centro Penitenciario Región Capital Yare II a los fines de que se sirva expedir constancia de la conducta del penado en dicho Centro, a que se refiere el ordinal 5° del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, y a fin de que sirva trasladar al penado al Centro Penitenciario Región Yare I, anexando la respectiva boleta de traslado al indicado Centro, donde quedará recluido a la orden de este Tribunal y una vez efectiva la misma se ordena trasladar al penado a fin de que sea impuesto del presente auto, para el día 23 de mayo de 2005 a las 09:30 horas de la mañana; y así mismo se acuerda oficiar a la Oficina de Coordinación de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Dirección Regional del Ministerio de Interior y Justicia, para que le sea practicado al penado el Informe Psico-social, a que se refiere el ordinal 3° del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, y al efecto remítaseles co.....